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Por sector · Academias y clubes

Obligaciones legales de academias, escuelas deportivas y clubes con menores

Trabajar con niños y adolescentes añade obligaciones que una empresa normal no tiene: protección frente a la violencia (LOPIVI), datos de menores y fotos en redes, y control de los antecedentes de todo el personal.

La lista, con ley, multa y precio

ObligaciónPor qué en academias y clubesMultaPrecio
Protección del menor
LO 8/2021
Protocolos, persona delegada de protección y certificados de delitos sexuales de todo el personal en contacto habitual con menores (LO 8/2021).Responsabilidad de la entidadPróximamente
Protección de datos
RGPD · LOPDGDD
Datos de menores, de salud (alergias, lesiones) e imágenes: hacen falta el consentimiento de los padres para menores de 14 años (art. 7 LOPDGDD) y cláusulas claras para fotos y redes.Hasta 20 M€ o el 4 % de la facturaciónNivel Básico desde 99 € al año
Protocolo de acoso
LO 3/2007 · LO 10/2022
Para la plantilla, desde el primer monitor o profesor.De 751 a 7.500 € (grave)Desde 170 €
Registro de jornada
Estatuto de los Trabajadores · Ley 10/2021
Monitores a tiempo parcial y por horas: registro diario y resumen mensual.De 751 a 7.500 € (grave)Desde 90 €
Registro retributivo
Estatuto de los Trabajadores · RD 902/2020
Obligatorio con cualquier número de trabajadores.De 751 a 7.500 € (grave)Desde 300 €

Si eres un centro docente reglado, ten en cuenta que la LOPDGDD te obliga a designar un delegado de protección de datos (art. 34.1.b). iNormación no actúa como DPD, pero te ayudamos con el resto y te decimos cómo cubrirlo.

Precios sin IVA. Revisado en octubre de 2026.

Preguntas frecuentes

¿Puedo publicar fotos de alumnos en redes sociales?

Solo con consentimiento: de los padres o tutores si el menor tiene menos de 14 años, y del propio menor a partir de esa edad (art. 7 LOPDGDD). El consentimiento debe ser específico para ese uso.

¿Los monitores voluntarios necesitan certificado de delitos sexuales?

Sí. La LO 8/2021 lo exige a todas las personas que tengan contacto habitual con menores, profesionales o voluntarias (art. 57).

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