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Laboral e igualdad

Política de desconexión digital para tu empresa

Todas las personas trabajadoras tienen derecho a no contestar correos ni mensajes fuera de su horario, y la empresa debe tener por escrito cómo se garantiza. Te hacemos la política, el acta de audiencia a la representación y el comunicado.

  • Obliga a: Todas las empresas con trabajadores
  • Precio: Desde 90 € + IVA
  • Multa: Grave: de 751 a 7.500 €
En 30 segundos

Política de desconexión digital: lo que tienes que saber

¿A quién obliga?
A todas las empresas con personas trabajadoras: el derecho lo tienen todas, incluidas las que ocupan puestos directivos y las que teletrabajan.
¿Qué multa hay?
La LISOS no tiene un tipo propio; la Inspección suele tratarlo como un acto contrario a los derechos de los trabajadores, infracción grave: de 751 a 7.500 € (art. 7.10 LISOS). Es un criterio orientativo.
¿Qué te entregamos?
  • Política interna de desconexión digital adaptada a tus horarios, turnos y guardias
  • Acta de audiencia a la representación legal (si la hay)
  • Comunicado a la plantilla
  • Acción de sensibilización sobre el uso razonable de las herramientas digitales
¿Cuánto tarda?
Toma de datos en 15 días, política redactada en 30, audiencia y aprobación en 45, comunicación y formación en 60.
¿Cuánto cuesta?
Desde 90 € (sin IVA). Los precios son los mismos en toda España.

Qué dice exactamente la ley

El art. 88.3 de la LOPDGDD obliga al empleador a elaborar, previa audiencia de los representantes de los trabajadores, una política interna que defina cómo se ejerce el derecho a la desconexión y qué acciones de formación y sensibilización se hacen para evitar la fatiga informática. El art. 20 bis del Estatuto de los Trabajadores recoge el mismo derecho y el art. 18 de la Ley 10/2021 lo refuerza en el teletrabajo.

Una buena política no prohíbe escribir a nadie: deja claro qué es urgente, quién está de guardia, cómo se compensa y que nadie puede ser penalizado por no contestar fuera de su horario.

Revisado en octubre de 2026 con los textos consolidados del BOE. Información general: para tu caso concreto, pregúntanos.

Cómo trabajamos

De cero a cumplir, en seis pasos y sin papeles

  1. 1

    Cuestionario online

    Contestas desde el móvil o el ordenador lo que hace tu empresa. En higiene alimentaria puede ir un técnico al local.

  2. 2

    Documentos a tu medida

    El programa prepara la documentación con tus respuestas y la normativa de tu comunidad autónoma.

  3. 3

    Revisión por una técnica

    Una persona de iNormación revisa y valida todo. Nada sale al cliente sin esa revisión.

  4. 4

    Firma electrónica

    Firmas desde el móvil, con sello de tiempo. Sin imprimir ni escanear.

  5. 5

    Portal del cliente

    Tus documentos, avisos y herramientas (brechas, derechos, registros con QR) siempre a mano.

  6. 6

    Revisión anual

    Te avisamos 30 días antes y lo ponemos al día si ha cambiado la ley o tu empresa.

Preguntas frecuentes

¿La política de desconexión digital es obligatoria?

Sí. El art. 88.3 de la LOPDGDD obliga a todas las empresas con trabajadores a tener una política interna escrita, elaborada previa audiencia de la representación legal si la hay.

¿Se puede llamar a un trabajador fuera de su horario?

Solo en los casos que la política o el convenio prevean (urgencias, guardias pactadas y compensadas). Fuera de eso, el trabajador tiene derecho a no responder y no puede ser sancionado por ello.

¿Qué pasa si mi empresa no la tiene?

La Inspección de Trabajo puede requerirla y sancionarla, normalmente como infracción grave (de 751 a 7.500 €). Además, en un conflicto o una baja por estrés, no tenerla juega en contra de la empresa.

¿Afecta también a los directivos?

Sí. La ley dice expresamente que la política se dirige también a quienes ocupan puestos directivos.