Política de desconexión digital para tu empresa
Todas las personas trabajadoras tienen derecho a no contestar correos ni mensajes fuera de su horario, y la empresa debe tener por escrito cómo se garantiza. Te hacemos la política, el acta de audiencia a la representación y el comunicado.
- Obliga a: Todas las empresas con trabajadores
- Precio: Desde 90 € + IVA
- Multa: Grave: de 751 a 7.500 €
Política de desconexión digital: lo que tienes que saber
- ¿A quién obliga?
- A todas las empresas con personas trabajadoras: el derecho lo tienen todas, incluidas las que ocupan puestos directivos y las que teletrabajan.
- ¿Qué ley lo exige?
- ¿Qué multa hay?
- La LISOS no tiene un tipo propio; la Inspección suele tratarlo como un acto contrario a los derechos de los trabajadores, infracción grave: de 751 a 7.500 € (art. 7.10 LISOS). Es un criterio orientativo.
- ¿Qué te entregamos?
- Política interna de desconexión digital adaptada a tus horarios, turnos y guardias
- Acta de audiencia a la representación legal (si la hay)
- Comunicado a la plantilla
- Acción de sensibilización sobre el uso razonable de las herramientas digitales
- ¿Cuánto tarda?
- Toma de datos en 15 días, política redactada en 30, audiencia y aprobación en 45, comunicación y formación en 60.
- ¿Cuánto cuesta?
- Desde 90 € (sin IVA). Los precios son los mismos en toda España.
Qué dice exactamente la ley
El art. 88.3 de la LOPDGDD obliga al empleador a elaborar, previa audiencia de los representantes de los trabajadores, una política interna que defina cómo se ejerce el derecho a la desconexión y qué acciones de formación y sensibilización se hacen para evitar la fatiga informática. El art. 20 bis del Estatuto de los Trabajadores recoge el mismo derecho y el art. 18 de la Ley 10/2021 lo refuerza en el teletrabajo.
Una buena política no prohíbe escribir a nadie: deja claro qué es urgente, quién está de guardia, cómo se compensa y que nadie puede ser penalizado por no contestar fuera de su horario.
Revisado en octubre de 2026 con los textos consolidados del BOE. Información general: para tu caso concreto, pregúntanos.
De cero a cumplir, en seis pasos y sin papeles
- 1
Cuestionario online
Contestas desde el móvil o el ordenador lo que hace tu empresa. En higiene alimentaria puede ir un técnico al local.
- 2
Documentos a tu medida
El programa prepara la documentación con tus respuestas y la normativa de tu comunidad autónoma.
- 3
Revisión por una técnica
Una persona de iNormación revisa y valida todo. Nada sale al cliente sin esa revisión.
- 4
Firma electrónica
Firmas desde el móvil, con sello de tiempo. Sin imprimir ni escanear.
- 5
Portal del cliente
Tus documentos, avisos y herramientas (brechas, derechos, registros con QR) siempre a mano.
- 6
Revisión anual
Te avisamos 30 días antes y lo ponemos al día si ha cambiado la ley o tu empresa.
Preguntas frecuentes
¿La política de desconexión digital es obligatoria?
Sí. El art. 88.3 de la LOPDGDD obliga a todas las empresas con trabajadores a tener una política interna escrita, elaborada previa audiencia de la representación legal si la hay.
¿Se puede llamar a un trabajador fuera de su horario?
Solo en los casos que la política o el convenio prevean (urgencias, guardias pactadas y compensadas). Fuera de eso, el trabajador tiene derecho a no responder y no puede ser sancionado por ello.
¿Qué pasa si mi empresa no la tiene?
La Inspección de Trabajo puede requerirla y sancionarla, normalmente como infracción grave (de 751 a 7.500 €). Además, en un conflicto o una baja por estrés, no tenerla juega en contra de la empresa.
¿Afecta también a los directivos?
Sí. La ley dice expresamente que la política se dirige también a quienes ocupan puestos directivos.